CONDICIONES PARTICULARES DE BOXLAB

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAPTACIÓN DE FONDOS DESTINADOS A PROYECTOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA BOXLAB

 
Índice de contenido:
1. ANTECEDENTES
2. OBJETO
3. COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES
4. CONFIDENCIALIDAD Y COMUNICACIONES PÚBLICAS
5. PROTECCIÓN DE DATOS
6. VIGENCIA
7. CAUSAS DE EXTINCIÓN
8. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN


PRIMERA. ANTECEDENTES

  1. Que la CÁMARA es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, reguladas por la Ley Básica 4/2014, de 1 de abril y, de acuerdo con la misma, tiene como funciones, entre otras, la promoción de la innovación, el impulso actuaciones dirigidas al incremento de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de los autónomos, y la promoción del empleo juvenil.
  2. La CÁMARA pone su portal (determinado en el siguiente párrafo) a disposición de toda persona que se halle domiciliada en el territorio nacional y cumpla las condiciones precisas, con el fin de facilitar la captación de fondos por terceras personas (los “Usuarios Aportantes”) para establecer o mejorar proyectos de productos tangibles en el marco del programa BOXLAB.
  3. Dicho portal se denomina www.boxlab.com, que enlaza con una plataforma de crowdfunding o microdonaciones denominada Crowdants, https://www.crowdants.com/  (en adelante, la “Plataforma” o la “Plataforma de Crowdfunding”), propiedad de la empresa Crowd Spain SL (en adelante, la “Empresa”), en el que la CÁMARA actúa como usuario titular.
  4. El Usuario Promotor está interesado en hacer uso de la mencionada Plataforma de Crowdfunding para obtener fondos para destinarlos a la finalidad recogida en el Proyecto relacionado con BOXLAB elaborado por el propio usuario promotor, sobre el que manifiesta tener título suficiente para su posesión y uso legal (en adelante, el “Proyecto”).
  5. La CÁMARA y el Usuario Promotor, en adelante, serán conjuntamente referidos como las “Partes”.

Que las Partes desean colaborar para la captación de dichos fondos para el Proyecto y, por ello, aceptan expresamente el presente documento (el “Acuerdo”) subscribiendo las siguientes

SEGUNDA. OBJETO

El objeto de este Acuerdo es regular las obligaciones y responsabilidades de las Partes en relación con el uso de la Plataforma, el empleo de los fondos destinados al Proyecto a través de la Plataforma y todo lo relacionado con los mismos.

Lo contemplado en el presente Acuerdo se pacta sin menoscabo de aquellas obligaciones establecidas por la Empresa para el Usuario Promotor y el Usuario Titular en sus Condiciones de Uso que están contenidas en el apartado “Condiciones Legales” de la Plataforma y a las que se remiten las Partes por serles perfectamente conocidas.

TERCERA. COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES

Cada una de las Partes será responsable frente la otra del cumplimiento de sus obligaciones de conformidad a lo establecido en el presente Acuerdo.

En caso de que se produzca un incumplimiento de las obligaciones que incumben a alguna de las Partes en virtud de este Acuerdo, éstas se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos y a colaborar en lo necesario de cara a minimizar los daños que puedan derivarse del mismo para la otra Parte y/o terceros, quedando sujetas a la indemnización de los daños y perjuicios causados.

Si por cualquier motivo, antes de la entrega de la cantidad comprometida o cualesquiera de sus pagos, la CÁMARA detectare en el Usuario Promotor un incumplimiento total o parcial o tuviere fundado motivo para temer el incumplimiento futuro total o parcial, incluyéndose motivos ajenos a su voluntad, fuerza mayor o caso fortuito, podrá resolver anticipadamente el Acuerdo, quedando el Usuario Promotor obligado a indemnizar de los daños y perjuicios que hubiera ocasionado a la CÁMARA siempre que hubiera mediado dolo o culpa grave por su parte.

El Usuario Promotor se obliga a:

  • Cumplir con las Condiciones de Uso establecidas por la Empresa propietaria de la Plataforma arriba mencionadas, y que incluyen, entre otras, la cesión del uso no exclusivo de todas las imágenes, señas o contenido que, en general, puedan ser objeto de propiedad intelectual con fines de difusión y promoción del Proyecto en redes sociales y páginas web de terceros según estime la Empresa. 
  • Subir a la Plataforma solamente aquella información expresamente autorizada por escrito por el Usuario Titular, la CÁMARA.
  • Informar, siempre y en todo caso, de manera veraz sobre el Proyecto, tanto sobre la situación de éste antes de la solicitud de financiación como sobre los objetivos y planes de inversión previstos en el Proyecto. En caso, de publicar o difundir información no veraz, el Usuario Promotor será el único responsable frente a cualquier reclamación al respecto o cualquier consecuencia que pudiera derivarse del uso de dicha información.
  • Utilizar todos los fondos obtenidos a través de la Plataforma en el Proyecto y según el destino y los fines contemplados en el Proyecto. En todo caso, los fines y el desarrollo del Proyecto serán lícitos, respetarán la normativa vigente en cada momento resolviéndose el presente Acuerdo en caso contrario, debiendo restituir a la CÁMARA el importe de las cantidades recibidas, actualizadas mediante la aplicación del correspondiente interés legal. La realización de actividades, aunque no fueran ilícitas, por el propio Usuario Promotor o por alguna de las personas que lo integren, que puedan dañar o afectar el buen nombre de la CÁMARA por ser contrarias a los valores y principios de la CÁMARA, así como la no realización del Proyecto, total o parcialmente, generará el derecho de la CÁMARA a resolver el presente Acuerdo en los términos supra expuestos.
  • Pagar a la CÁMARA el porcentaje acordado (6% sobre el importe total de los fondos obtenidos a través de la donación al proyecto, impuestos no incluidos + gastos transaccionales) por los costes repercutidos a la CÁMARA por la Empresa propietaria de la plataforma, arriba mencionada. .
  • Actuar con diligencia respecto a la proporción de la información solicitada por la CÁMARA sobre el progreso del Proyecto una vez obtenida la financiación.
  • Facilitar la visita al Proyecto, por parte de la CÁMARA a la persona que actúe en su nombre, antes, durante y después de la campaña de financiación en la Plataforma, así como una vez que esté terminado el Proyecto.
  • Cumplir la normativa de protección de datos, en particular, en la obtención del consentimiento informado de las personas cuya imagen sea remitida a la CÁMARA por cualquier medio de reproducción, prestado es especial cuidado si se trata de menores o incapaces. La CÁMARA quedará facultada al empleo de dichas imágenes, tanto para su archivo como para su publicación o cesión a terceros. 
  • Permitir a la CÁMARA el uso de la información publicada por el Usuario Promotor en la Plataforma acerca del Proyecto, para la difusión y promoción del Proyecto del Usuario Promotor.

 

La CÁMARA en el marco de este Acuerdo se obliga a:

  • Facilitar al Usuario Promotor un espacio en la Plataforma de la que la CÁMARA es Usuario Titular, siempre y cuando, cumpla con los requisitos exigidos por la Empresa en sus Condiciones de Uso.
  • Asesorar al Usuario Promotor con el objetivo de que su Proyecto sea publicado en la Plataforma, realizando los mejores esfuerzos para intentar que el Proyecto alcance la financiación requerida para el mismo.
  • Difundir el Proyecto del Usuario Promotor, una vez este haya sido publicado en la Plataforma, a través de sus medios de comunicación: web, Facebook, boletín de actividades y cuenta de Twitter.
  • Promocionar el Proyecto del Usuario Promotor a través de los medios de comunicación de la CÁMARA. con el fin de dar a conocer dicho Proyecto y estimular su participación en el mismo mediante microdonaciones.
  • Terminado el tiempo de campaña y alcanzado el objetivo económico mínimo fijado en el Proyecto, la CÁMARA se obliga a transferir a la cuenta del Usuario Promotor el importe recibido de la empresa propietaria de la Plataforma de Crowdfunding por las aportaciones realizadas al mismo, descontado el porcentaje del 6% pactado por las partes para cubrir los gastos internos y externos en que incurre la CÁMARA por la prestación de este servicio. El porcentaje señalado no incluye el IVA o IGIC o cualquier otro impuesto que pudiera gravar la operación.

 

CUARTA. CONFIDENCIALIDAD Y COMUNICACIONES PÚBLICAS

Toda la información que las Partes aporten o compartan en el ámbito de este Acuerdo, o que obtengan de la Empresa en relación con la Plataforma Crowdfunding deberá ser tratada con carácter estrictamente confidencial. A tales efectos se entenderá por información confidencial cualquier información o material referido a la Plataforma Crowdfunding, incluidos los datos relacionados con los Usuarios Aportantes y sus aportaciones, y que no resulte accesible a cualquier persona o sea de dominio público. A modo enunciativo y no limitativo, la información confidencial puede incluir, sin excluir otras de naturaleza similar, la utilización de la marca CÁMARA, la publicidad de este Acuerdo y cualquier tipo de comunicación relativa al mismo que, en todo caso, deberá contar con la autorización expresa y escrita de ambas Partes.

Igualmente, el uso de la marca de las Partes en cualquier ámbito y con cualquier alcance, queda expresamente prohibido a la otra salvo autorización expresa y escrita de la contraparte en este Acuerdo. Salvo las obligaciones legales al respecto o autorización expresa, las Partes no revelarán a terceros la vigencia del presente Acuerdo salvo en la forma y por los medios que acuerden conjuntamente. 

La obligación de secreto y confidencialidad referida abarcará a todos los empleados o colaboradores que se hallen vinculados por razones laborales, profesionales o de índole asimilable y que tengan, por lo tanto, acceso total o limitado a la información suministrada en relación a esta colaboración.

La obligación de confidencialidad prevista en esta Cláusula no será aplicable respecto a aquella información:

  1. que sea de dominio público en la fecha del presente Acuerdo o que, con posterioridad a la misma, haya pasado al dominio público, siempre que dicha circunstancia no se haya producido como consecuencia de una infracción de la obligación de confidencialidad impuesta a las Partes; y
  2. que alguna de las partes se vea obligada a facilitar como consecuencia de requerimientos que pudieren efectuarle las autoridades judiciales o administrativas legalmente habilitadas para ello. 

 

QUINTA. PROTECCIÓN DE DATOS

Tratamiento de los datos (Participantes)

Ninguna de las partes podrá aplicar o utilizar la información recibida de la otra, para finalidades diferentes a las que figuren en este convenio, ni cederlas a terceras personas, y ambas garantizan que cumplirán con lo que dispone la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

Cada una de las partes, estará obligada al cumplimiento de las obligaciones vigentes en materia de Protección de Datos Personales.

Cada una de las Partes responderá de las sanciones administrativas impuestas y de los daños y perjuicios causados por el incumplimiento de las obligaciones que la legislación y su normativa de desarrollo en materia de protección de datos establece para cada Parte.

Cada parte mantendrá indemne a la otra, de cualquier reclamación, daño, coste, gasto y/o pérdida, derivado o relacionado directa y/o indirectamente con el incumplimiento y/o cumplimiento defectuoso de las garantías y obligaciones que como Responsable de Tratamiento ostente como tal.

El Usuario Promotor recabará el consentimiento para el tratamiento de los datos personales recabados con objeto del Proyecto y de la participación por parte de los/las interesados/as en el mismo, informando al interesado/a sobre los datos de contacto de la dirección del proyecto, por ello y en cumplimiento de la normativa de Protección de Datos, el Promotor, una vez recibidos los datos personales, en calidad de Responsable del Tratamiento, informará a los/las interesado/a o participantes en los términos que obliga la normativa vigente.

 

Tratamiento de los datos de las partes

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente de Protección de Datos y las normas que la desarrollen, las Partes informan a los respectivos representantes de cada una de ellas, de la incorporación de los datos personales que se le faciliten en ejecución del presente Contrato a los ficheros automatizados titularidad de éstas, así como del tratamiento automatizado al que van a ser sometidos con la finalidad de mantener y gestionar la relación contractual.

Cada una de las partes declara y garantiza que, con anterioridad al suministro a la otra parte de cualquier dato personal de cualquier persona física involucrada en la ejecución de lo dispuesto en el presente Contrato, habrá informado a tal persona física de la política de datos personales incluida en el presente documento, así como; cumplido con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de sus datos personales a la otra parte, sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional frente a dicho afectado en términos de información y, en su caso, consentimiento.

Ambas partes se garantizan, respectivamente, la total indemnidad frente a cualesquiera reclamaciones y/o sanciones le sean impuestas a resultas de la falta de consentimiento expreso, voluntario, válido e informado de los Interesados cuyos datos proporcionen.

Los datos de los Representantes serán conservados por las Partes durante el tiempo de vigencia del Contrato y, con posterioridad, por el tiempo de prescripción de las acciones civiles, mercantiles, penales y administrativas no superior a 6 años. Transcurridos los plazos de prescripción legal, los datos serán destruidos.

Las Partes no cederán a terceros los datos personales de los Representantes, salvo que la ley así lo establezca.

La base legal que justifica el tratamiento es la ejecución del Contrato.

Ambas Partes, como responsables de los ficheros, se garantizan el ejercicio de los derechos de acceso a sus datos personales, rectificación de los datos inexactos, supresión, cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos y oposición de los datos facilitados, portabilidad y limitación debiendo remitirse por escrito a las respectivas direcciones que figura en el encabezado.

Asimismo, si los Representantes consideran que no se han tratado sus datos personales de acuerdo con la normativa de protección de datos, podrán presentar una reclamación ante la Autoridad correspondiente de protección de datos, esto es, la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

Ambas Partes, se comprometen, en la utilización de los datos incluidos en los ficheros, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad para la que fueron obtenidos.

Una vez finalizada la vigencia, los datos serán conservados (tal como indica la normativa), a los únicos efectos de cumplir las obligaciones legales requeridas y para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones, durante el plazo de prescripción de las acciones derivadas del presente contrato.

SEXTA. VIGENCIA

El presente Acuerdo estará vigente desde la fecha de su aceptación por el Usuario Promotor hasta el día en que el Usuario Promotor finalice las labores necesarias para la terminación del Proyecto, habiendo llevado a cabo las inversiones a las que se comprometió en la campaña de obtención de fondos publicada en la Plataforma. En cualquier caso, su plazo máximo no excederá de un año desde su aceptación por el Usuario Promotor, tiempo en el cual deberán estar cumplidas todas las obligaciones aquí asumidas por ambas partes. Este Acuerdo de finalización no exime de la obligación de mantener indefinidamente la confidencialidad sobre aquella información que no sea de dominio público y a la que se haya tenido acceso durante la duración del presente Acuerdo. Lo anterior se entenderá sin perjuicio del derecho de las partes a instar las acciones legales que consideren oportunas, en particular la relativa a las indemnizaciones por daños y perjuicios o las acciones declarativas, cautelares o de ejecución que consideren oportunas.

SÉPTIMA. CAUSAS DE EXTINCIÓN

Será causa de extinción del presente Acuerdo cualquier incumplimiento de los compromisos que impida la materialización de su objeto y cualquier otra prevista en la ley.

OCTAVA. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente Acuerdo y su ejecución se regirá e interpretará conforme al Derecho Español.

Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife para resolver cualquier desavenencia derivada de la interpretación o ejecución de este Acuerdo.


CONDICIONES GENERALES


CONDICIONES LEGALES Y TERMINOS DE USO

CONDICIONES ESPECIFICAS DEL SERVICIO

CONDICIONES DE ALTA DE NUEVO USUARIO

POLÍTICA DE COOKIES

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

RÉGIMEN APLICABLE A LAS APORTACIONES